Continuando con el tema iniciado en la entrada anterior, ahora vamos a analizar la conveniencia o no de cambiarse de regimen de contribuyente normal a pequeño contribuyente, permanecer como contribuyente normal o cambiar de pequeño contribuyente a contribuyente normal.
Como todos saben, el 17 de febrero de 2012 fue publicado en el Diario de Centro América el Decreto 4-2012, el cual cobro vigencia ocho días despues de su publicación, es decir, el 25 de febrero del año 2012.
En éste decreto denominado"Disposiciones para el fortalecimiento del sistema tributario y el combate a la defraudación y al contrabando" se incorporaron una serie de reformas a las Leyes Tributarias, incluyendo las contempladas en el Libro II -Reformas a la Ley del impuesto al Valor Agregado, Decreto Número 27-92 del Congreso de la República", pero en ésta entrada analizaremos especificamente lo relativo al Impuesto al Valor Agregado en el caso del Régimen de Pequeño Contribuyente. La información más relevante para éste tipo de contribuyente, es la siguiente: