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5 may 2017

Amnistía Fiscal 2017 en Guatemala

Tal y como se rumoreaba sobre este asunto, el presidente Jimmy Morales por fin autorizó la exoneración del pago de intereses y multas a los contribuyentes que se hayan atrasado en el pago de impuestos hasta antes del 1 de enero del año 2017. 
El Ministerio de Finanzas Públicas publicó este viernes en el diario oficial el acuerdo 82-2017 que contempla la exoneración de multas.

Este acuerdo gubernativo exonera "multas, mora, intereses o recargos a los contribuyentes o responsables que hayan incurrido en infracciones tributarias, actos u omisiones que impliquen violación o incumplimiento de normas tributarias sustantivas o formales previstas en el Código Tributario o leyes tributarias específicas" y abarca los períodos impositivos terminados antes del 1 de enero del 2017, "siempre que paguen el cien por ciento de los impuestos que se adeuden en la Administración Tributaria. 
Dentro de las disposiciones de éste acuerdo gubernativo se contempla que la multa será exonerada en el cien por ciento si se efectúa durante el primer mes de vigencia del acuerdo; el 95 por ciento en el segundo mes de vigencia y de 90 por ciento en el tercer mes de vigencia.
El acuerdo establece que las exoneraciones también podrán aplicarse “en los casos que el contribuyente o responsable solicite facilidades de pago de conformidad con el Código Tributario sobre obligaciones tributarias de períodos impositivos terminados antes del 1 de enero de 2017” pero descarta las multas, mora intereses o recargos que ya hubiere pagado el contribuyente.
Con ésta disposición legal, la Superintendencia de Administración Tributaria (SAT), espera que al menos 600 mil contribuyentes puedan regularse en el pago de impuestos.
Según la publicación en el Diario de Centroamérica, este acuerdo tendrá efecto a partir del próximo 20 de mayo y durará tres meses, plazo durante el cual se aplicarán los porcentajes indicados y agrega que será la SAT la que emita las disposiciones necesarias para la correcta aplicación de las exoneraciones.
Asi que si usted, o algún cliente suyo tiene omisos ante la Administración tributaria, le recomendamos que aproveche el primer mes de vigencia de éste acuerdo gubernativo, para aplicar a la exoneración del 100% de multas, recargos o intereses.

Descarga el acuerdo 82-2017 haciendo click en la siguiente imagen o en el enlace de abajo.




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