Por medio del Acuerdo Gubernativo 297-2017 se estableció el nuevo salario mínimo para las actividades agrícolas, no agrícolas y para la actividad exportadora y de maquila, fijándose en Q90.16 diarios para las agrícolas y no agrícolas y de Q82.46 diarios para la actividad exportadora y de maquila.
Este nuevo salario entró en vigor a partir del uno de enero de 2018 y el acuerdo fue publicado en el Diario de Centro América el viernes 29 de diciembre de 2017.
Para las actividades agrícolas y no agrícolas el nuevo salario de Q90.16 diarios, equivale a Q11.27 por hora, en jornada ordinaria diaria de trabajo, o lo proporcional para la mixta o nocturna, lo que representa un salario mensual de Q2,742.37, más la bonificación incentivo de Q250, para dar un total de Q2,992.37.
Para la actividad exportadora y de maquila se estableció un pago de Q82.46 diarios, equivalente a Q10.30 por hora en jornada ordinaria diurna de trabajo, o lo proporcional para las jornadas mixta o nocturna. Esto representa un salario mensual de Q2,508.16 más Q250.00 de bonificación, para un total de Q2.758.16 al mes.
Esto quiere decir que en Guatemala, a partir del 1 de enero de 2018, ningún trabajador puede ganar menos de este nuevo salario fijado que es de cumplimiento obligatorio y que a partir de febrero de 2018, la inspección general de trabajo iniciará las verificaciones del cumplimiento del pago del nuevo Salario Mínimo, procediendo a imponer las sanciones correspondientes a los empleadores que incumplan con el Acuerdo Guberantivo 297-2017.
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